La acción sin derecho a voto consiste en un tipo de acción en la que el titular no tiene derecho a participar en la gestión de la empresa, sino que tiene derecho a beneficiarse de dividendos.
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Se trata de una clase de acciones en la que el titular no tiene derecho a voto en las Juntas Generales de la sociedad. En cambio, tiene derechos económicos. En concreto, el derecho a un dividendo anual mínimo (fijo o variable).
La acción sin derecho a voto se considera una acción privilegiada, entendida como un tipo de acción que otorga un privilegio económico o político en la sociedad.
Su naturaleza jurídica es híbrida, ya que, por un lado, es una acción en sí misma que confiere a su titular el papel de socio. Pero, por otro lado, tiene un carácter privilegiado diferente a otras acciones privilegiadas.
El titular de la acción sin derecho a voto tiene derecho a recuperar el voto en caso de impago total o parcial de su dividendo mínimo y en caso de amortización de acciones ordinarias.
Acciones sin derecho a voto en España
El concepto de acción sin voto es de origen anglosajón (cuota sin derecho a voto) y data del siglo XIX. Fue introducido en España por la Ley de Sociedades de Capital de 1989 (ahora derogada).
Sin embargo, su uso y recepción en España siguió un rumbo diferente al del mundo anglosajón, a pesar de varios intentos del legislador por promoverlo.
Para empezar, hay que señalar que en España este tipo de acciones no están muy publicitadas y se utilizan principalmente en la empresa familiar.
De esta forma, los familiares que no trabajen en la empresa podrán participar de los beneficios (su intención inicial era incentivar a los accionistas que no quieren participar en la gestión de la empresa).