Una factura automática es una factura emitida por el destinatario o un tercero. La autofactura no exime al proveedor de sus obligaciones fiscales.
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La autofacturación o facturación por parte del destinatario es una posibilidad que tienen muchos profesionales y empresas, previa autorización de la Agencia Tributaria, para que el destinatario de la operación o un tercero emita determinadas facturas en su nombre.
La autofactura se incluye en el artículo 5 del Reglamento de Facturación, aunque no utiliza el término autofacturación, y se deben cumplir una serie de requisitos para su emisión.
Cuándo se puede emitir una factura automática
Para que el destinatario de la factura o un tercero pueda emitir una auto-factura, se deben cumplir los siguientes requisitos:
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El contratista o profesional que realizó la operación y el cliente deberán acordar previamente por escrito. Esto significa que el acuerdo debe darse antes de que se realicen las operaciones y debe incluir qué operaciones se facturarán una vez emitidas las auto-facturas.
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Cada vez que se emite una auto-factura, debe estar sujeta a un procedimiento de aceptación por parte del empleador o del profesional que realiza la operación. Este procedimiento debe ser establecido por ambas partes.
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El cliente o el tercero encargado de emitir la autofactura deberá enviar copia al empresario o profesional que realiza la operación.
Cómo crear una auto factura
El contenido de una factura propia es el mismo que el de una factura. Solo se debe considerar lo siguiente:
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La factura debe ser emitida a nombre del contratista o profesional que realice la operación.
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Debe seguir una serie numérica diferente a la serie habitual de facturas del empresario o del profesional que realiza la operación.
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La factura debe incluir la frase «Facturación por parte del destinatario».
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No debe emitirse como una auto-factura, sino como una factura.
El resto es lo mismo que hacer facturas regulares.
Obligaciones fiscales por emitir una autofactura
El hecho de que la autofactura corra a cargo del destinatario no implica que el contratista o profesional que realiza la operación esté exento de obligaciones fiscales, tal y como se indica en el artículo 5.1 del Reglamento de Facturación.
La autofactura no afecta al sujeto pasivo, que es el prestador del servicio, no al destinatario. Esto significa que la autofacturación debe contabilizarse entre los ingresos de la persona que realiza la operación, que es quien tiene que declarar el IVA.