Cese de actividad – ¿Qué es el cese de actividad?

Es la extinción definitiva de la actividad de autónomo. En el caso de las empresas, se trata de suspender temporalmente la actividad, pero no de cesarla.

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El cese de actividad tiene diferentes significados según se trate de una empresa independiente o de una empresa. En el caso del autónomo, el cese de la actividad supone su extinción definitiva.

Sin embargo, cuando hablamos de empresas, el cese de la actividad significa solo la suspensión temporal de la actividad, no su extinción.

Cese del trabajo por cuenta propia

Para los autónomos o autónomos, la rescisión de la relación laboral supone el cese definitivo de su actividad. Esto también se aplica al empresario de responsabilidad limitada (ERL).

Para ambos, el cese de la actividad implica:

  • Cierre o cese de actividad comercial o profesional.

  • No se pueden emitir ni recibir facturas.

  • Cierre definitivo de la contabilidad, es decir: no se pueden pasar más operaciones contables.

  • No presentar declaraciones de impuestos periódicas, salvo las relativas al período de actividad (trimestre anterior al cese, resúmenes anuales, declaración anual de la renta, etc.)

Baja de autónomos por cese de la relación laboral

Al finalizar la actividad, el autónomo deberá tramitar la baja del régimen especial de autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

Para ello deberá acudir a la delegación de la Seguridad Social más cercana o hacerlo de forma electrónica en la Sede Electrónica.

Si tiene empleados a su cargo, también debe ocuparse de los procedimientos de despido.

Beneficio por cese de actividad

Los autónomos tienen derecho a una prestación por cese. Esta prestación se conoce como paro en el trabajo por cuenta propia, vigente en España desde 2010.

No obstante, para poder acceder a la prestación, el autónomo deberá acreditar que la baja fue involuntaria, conocer el pago de la cotización del autónomo y haber cotizado durante al menos 12 meses, también como baja. de actividad.

La duración del beneficio depende de los meses de cotización:

  • De 12 a 17 meses de cotizaciones, la duración del beneficio es de 4 meses.

  • De 18 a 23 meses de cotización son 6 meses.

  • De 24 a 29 meses, 8 meses.

  • De 30 a 35 meses, 10 meses.

  • De 36 a 42 meses, 12 meses.

  • De 43 a 47 meses, 16 meses.

  • 48 meses o más, 24 meses.

El monto corresponde al 70% de la base regulatoria de los últimos 12 meses de actividad.

Contribución y cese del trabajo por cuenta propia

La cotización por cese representa el 0,7% de la base cotizante, aunque la cotización por este concepto no es obligatoria para los autónomos.

Sin embargo, para tener acceso a la indemnización por despido, los autónomos deben haber contribuido a este concepto.

Cese de la actividad de una empresa

El cese de la actividad de una empresa, a diferencia de cuando ésta es la persona que realiza la actividad de forma autónoma, implica únicamente la suspensión temporal de la actividad.

Esto significa que la empresa sigue existiendo, incluso si ya no está activa.

El cese de actividad implica:

  • Suspensión temporal de actividad.

  • La empresa está inactiva, pero conserva su personalidad jurídica.

  • No se pueden emitir facturas. Entre otras razones, porque la actividad está suspendida.

  • La contabilidad, sin embargo, debe desarrollarse más.

  • La empresa debe seguir elaborando todos los registros y presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

  • Debe presentar su declaración de impuestos sobre la renta.

  • Debe presentar estados de cuenta periódicos debido a las obligaciones de retención que pueda tener.

  • Debe presentar declaraciones de impuestos (IVA) en las facturas del período en el que estuvo activo.

  • Debe enviar declaraciones de información o resúmenes anuales.

  • Las corporaciones, las sociedades de responsabilidad limitada y las grandes empresas deben seguir accediendo a la dirección de correo electrónico autorizada para mantenerse al día con las notificaciones pendientes.

Despido por cese de la actividad de una empresa

La empresa debe notificar a los trabajadores al menos 15 días antes del despido.

Se considera objetivo el despido de trabajadores por cese de la actividad de una empresa.

Al tratarse de un despido objetivo – y por tanto adecuado – la indemnización del trabajador es menor que un despido abusivo.

Compensación por cese de actividad

La indemnización en estos casos, siendo adecuada, es de 20 días por año trabajado, independientemente de que se trate de un despido colectivo o no.

La compensación máxima fijada es de doce pagos mensuales.

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