Contrato mercantil – ¿Qué es un contrato mercantil?

Un contrato comercial es un contrato de prestación de servicios, cuyas partes son profesionales o emprendedores y colaboran de forma independiente.

Como autónomo puedes firmar un contrato comercial con una empresa como autónomo dependiente o COMERCIO.

El contrato comercial se refiere a una relación de servicios entre un profesional y una empresa. Se rige por el Código de Comercio y no debe confundirse con una relación laboral entre un trabajador y un empleador.

Requisitos de un contrato comercial

Las condiciones para poder firmar un contrato comercial son las siguientes:

  • Ambas partes deben dar su consentimiento.

  • Ambas partes deben tener capacidad legal para ejercer sus derechos.

  • El tipo de beneficio debe ser legal y cumplir con la ley.

El contenido de un contrato comercial

Un contrato comercial debe contener los siguientes elementos:

  • Identificación completa de las dos partes: nombre o razón social, dirección y NIF.

  • Objeto del contrato: servicios a prestar.

  • Debe indicar las obligaciones de las partes, así como las consecuencias del incumplimiento de contrato.

  • Duración del contrato.

  • Forma de pago por servicios.

El contrato comercial y el contrato de trabajo

Un contrato comercial no debe confundirse con un contrato de trabajo. Estas son las diferencias:

  • El contrato comercial asume que ambas partes son independientes, por lo que no existe relación laboral ni de dependencia.

  • En el contrato comercial hay igualdad de condiciones entre ambas partes, entonces no hay subordinación como en el caso del contrato de trabajo.

Contrato comercial y dependiente independiente (TRADE)

Los autónomos dependientes o TRADE son un tipo de autónomos cuyos ingresos dependen, en más del 75 por ciento, del mismo cliente.

Un trabajador autónomo debe firmar un contrato comercial con la empresa a la que presta los servicios y emitir una factura por el mismo.

Las condiciones para formalizar el contrato como COMERCIO son las siguientes, además de que contienen los elementos anteriormente señalados:

  • El contrato debe estar registrado en el Servicio Público de Empleo del Estado.

  • El autónomo dependiente debe organizar el trabajo por su propia cuenta y según su propio criterio.

  • No puede tener trabajadores en su cuenta.

  • El trabajo realizado debe diferenciarse del trabajo realizado por los empleados de la empresa.

Tener un contrato comercial con una empresa no exime al autónomo de sus obligaciones fiscales, que son las mismas que las de cualquier autónomo, así como de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

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