Una mutual es una asociación de empresarios privada y sin ánimo de lucro que trabaja en colaboración con la Seguridad Social para gestionar algunos de sus beneficios.
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Las mutualidades surgieron a principios del siglo XX como una herramienta para hacer frente a los accidentes laborales, actuando como una especie de seguro privado. Desde entonces, han cambiado y se han adaptado a las circunstancias, y ahora opera bajo la tutela de la Administración Pública.
¿Qué hacen las mutuas?
Las responsabilidades de los mutuos colaboradores con la seguridad social incluyen la gestión de:
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Beneficios económicos y de salud que cubren las cotizaciones por ocupaciones imprevistas.
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Prevenir los riesgos laborales, así como mejorar las condiciones laborales y de salud en las empresas.
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Prestaciones de invalidez temporal por contingencias comunes.
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Beneficios por riesgo durante el embarazo o la lactancia.
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Beneficios por cese del trabajo por cuenta propia.
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Beneficios para la atención de menores afectados por una enfermedad grave.
Estas funciones podrían extenderse a la gestión de otros beneficios o actividades si así lo decide la ley.
¿Cómo se financian los fondos mutuos?
Los recursos de las mutuas colaboradoras con los Seguros Sociales se financian principalmente a partir de diferentes aportaciones a los Seguros Sociales:
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Impuestos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales pagados por las empresas y recaudados por la Tesorería de la Seguridad Social.
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Forma parte de la comisión para imprevistos comunes que el seguro social proporciona a las mutuas a cambio de la gestión de la prestación por invalidez temporal.
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La contribución correspondiente al cese de la actividad de los autónomos (que depende de su base de cotización), que también se ocupa de la administración de las mutuas.
Con estos recursos, las mutuas gestionan los beneficios que hemos indicado anteriormente.
Al ser asociaciones sin fines de lucro, las mutuas no pueden distribuir beneficios entre sus miembros. ¿Cómo se distribuye entonces el dinero que administra?
En lo que respecta a la gestión de contingencias profesionales, las mutuas realizan asignaciones a una reserva amortiguadora (que representa entre el 30 y el 45 por ciento del promedio anual de honorarios de contingencia de los últimos tres años).
El exceso de recaudación tras la aportación a esta reserva se divide en tres fondos:
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El 80 por ciento del superávit se destina al Fondo de Contingencia Profesional del Seguro Social. Puede financiar la renovación de centros de salud; realiza labores de investigación para el tratamiento de patologías relacionadas con accidentes de trabajo o enfermedades profesionales; o estimular a las empresas a tomar medidas de prevención de riesgos laborales.
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El 10 por ciento del excedente se destina a la reserva adicional. Este fondo puede utilizarse para pagar multas administrativas, procesales y administrativas en exceso.
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El 10 por ciento restante se destina a la reserva de asistencia social, que se utiliza para pagar las prestaciones de asistencia social autorizadas.
En el caso de contingencias conjuntas, las mutuas proporcionarán otra reserva de estabilización que representará al menos el 5 por ciento de las aportaciones recibidas por contingencias conjuntas en ese año. El resto irá al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.