Es un beneficio económico de por vida que recibe un trabajador al momento de jubilarse.
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Todo trabajador tiene derecho a una pensión de jubilación, entendida como un beneficio económico de por vida.
Es un derecho que en España recoge, en su artículo 50, la Constitución: «Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y actualizadas periódicamente, la suficiencia económica de los ciudadanos durante la tercera edad».
Este derecho constitucional no distingue entre pensiones contributivas y pensiones no contributivas, estas últimas destinadas a quienes no cumplen con los requisitos de cotizantes.
Ambos tipos de pensiones, así como sus distintas modalidades, están regulados en la Ley General de Seguridad Social.
Requisitos para recibir el subsidio de pensión
Para recibir una pensión contributiva, el solicitante debe cumplir con las siguientes condiciones:
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Han alcanzado la edad de jubilación.
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Haber cotizado durante al menos quince años, dos de los cuales deben haber cotizado quince años antes de reclamar el beneficio.
Cálculo de la pensión
El valor de la pensión se calcula en base a dos factores:
La base reguladora es el promedio de la base con la que ha contribuido el trabajador en los últimos años. En 2019 se han tomado como referencia los últimos 22 años. A partir de 2022 se tomarán como referencia los últimos 25 años.
El porcentaje que se aplica a la base regulatoria dependerá de los años enumerados. Quien haya aportado el monto mínimo para recibir una pensión contributiva – 15 años – debe solicitar el 50 por ciento.
Este período mínimo de cotización de 15 años se incrementa gradualmente hasta llegar al periodo máximo, que en 2019 fue de 35 años y 6 meses de cotización y que en 2027 será de 37 años.
Aun así, cabe señalar que el monto máximo, a pesar de los cálculos, nunca podrá exceder el monto máximo fijado anualmente por el Gobierno.
Cálculo de la jubilación anticipada
La jubilación anticipada es un derecho que ayuda a todos los trabajadores, incluidos los autónomos.
La jubilación anticipada es de dos tipos: voluntaria e involuntaria.
La jubilación anticipada voluntaria puede solicitarse dos años antes de alcanzar la edad legal de jubilación, que en España se ha ido ampliando progresivamente desde 2013 hasta los 67 años en 2027.
La jubilación anticipada involuntaria, por su parte, se puede reclamar cuatro años antes de la edad legal de jubilación.
Se aplican coeficientes reductores para establecer el cálculo, porque la jubilación anticipada es una especie de sanción para el trabajador.
Estos coeficientes varían en función de la jubilación anticipada, ya sea por motivos voluntarios o involuntarios. Los coeficientes se pueden consultar en la web del seguro social:
La Seguridad Social ha desarrollado una herramienta electrónica a través de la cual cualquier trabajador puede calcular automáticamente su pensión de jubilación: Autocálculo de la pensión de pensión.
Pensión de jubilación máxima
La pensión de jubilación máxima es la cantidad máxima que un pensionado puede recibir anualmente. Este monto máximo se actualiza cada año por decreto. Por ejemplo, en 2019 la pensión máxima de jubilación fue de 2.659,41 euros al mes.
Para alcanzar la pensión máxima, el trabajador debe haber cotizado al máximo establecido, que en 2013 se amplió a 37 años en 2027.
Pensión mínima
La pensión mínima que puede recibir un trabajador también está establecida por ley. Esta pensión es la que podrá recibir un trabajador que haya cotizado durante al menos 15 años – 2 años en los 15 años anteriores a la jubilación.
Por ejemplo, en 2019, una persona de 65 años o más percibía 835,80 euros mensuales si tenía marido a cargo; 677,40 euros, sin marido y con marido no mantenido, 642,90 euros.
La pensión mínima también varía de las siguientes formas: por invalidez permanente, por viudedad, por orfanato y como beneficiario.
Pensión de jubilación no contributiva
La pensión de jubilación no contributiva está destinada a aquellas personas que no cumplen con los requisitos mínimos de años contributivos – 15 años – para recibir una pensión contributiva.
Este tipo de pensión también está destinada a personas que nunca han cotizado o que se encuentran en un estado de invalidez reconocido por una institución competente.
Los solicitantes de jubilación deben demostrar falta de ingresos o ingresos suficientes, cuya cifra se actualiza anualmente. Por ejemplo, en 2018 la cifra debería ser inferior a 5.321,40 euros anuales.