Renta Agraria 2022

¿Eres residente en Andalucía o Extremadura y trabajas ocasionalmente en el sector agrícola? Si es así, mira si puedes acceder a esta prestación por desempleo. Esta ayuda económica del SEPE está destinada a personas de Andalucía y Extremadura que hayan agotado la prestación contributiva, desempleo, y que sean trabajadores temporales dentro de la SEASS.

Renta Agraria 2020

¿Qué es la Renta Agraria?

Es un Prestación por desempleo para trabajadores temporales y residentes en Andalucía y Extremadura los cuales están incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios de la Seguridad Social (SEASS). Se trata de una prestación gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante, SEPE).

Se trata de una ayuda regulada en el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril; siempre que hayan cubierto en este Sistema Especial un mínimo de 35 días reales cotizados en los 12 meses anteriores a la situación de desempleo y cumplan los requisitos correspondientes. Dicho esto, para 2020 y regulado en el Real Decreto-ley 5/2020, existe la posibilidad de acceder a estas ayudas con tan solo 20 días efectivos de cotización.

Requisitos para cobrar la Renta Agraria

Para acceder y cobrar este beneficio, debes cumplir una serie de requisitos. Te identificamos cuales son:

  • tener más de 10 años registrado o con residencia en localidades de Andalucía o Extremadura.
  • Suero trabajador agrícola ocasional en nombre de otros.
  • Estar dado de alta como demandante de empleo, antes y durante todo el periodo de percepción de las ayudas y comprometerse a la búsqueda activa de empleo.
  • En los últimos 3 años, no haber percibido ayudas por desempleo agrario.
  • Usted debe ser inscritos en el censo del Sistema Agrario Especial de la Seguridad Social (SEASS) ininterrumpidamente en los 12 meses anteriores a la solicitud. En casos mayores de 45 años de edad; este tiempo se modifica, a lo largo de la vida laboral en:
    • De 45 a 51 años; mínimo de 5 años.
    • De 52 a 59 años; mínimo de 10 años.
    • 60 años o más; mínimo de 20 años.
  • Tenga en cuenta la tarifa fija de SEASS.
  • Tener un mínimo de 35 días reales trabajados en el SEASS y en los últimos 12 meses anteriores a la situación de desempleo.
    • Entre el 27 de febrero y el 31 de diciembre de 2020; estos días se reducen a 20 días reales.
  • No tener ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

¿Qué y cuándo me cobrarán por este beneficio?

La cantidad económica a recibir varía dependiendo del número de días reales trabajados y es un porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensualmente. Entonces:

Número de días reales Porcentaje en IPREM
De 35 a 64 80% x IPREM (Consulta aquí la referencia mensual del IPREM)
Del 65 al 94 85% x IPREM
95 a 124 91% x IPREM
Del 125 al 154 96% x IPREM
Del 155 al 179 101% x IPREM
Desde 180 107% x IPREM

Por otro lado, el duración de este beneficio depende de tu edad, de si tienes o no responsabilidades familiares en el momento de la solicitud y de los días reales que hayas trabajado tan solo 12 meses antes de la situación de desempleo; así, de esta manera tenemos:

Años Sin responsabilidades familiares Con Responsabilidades Familiares
De 16 a 24 años 3, 4 días de alquiler/día trabajado, con un máx. de 180 días de ley 180 días
De 25 a 51 años 180 días 180 días
52 años o más 300 días 300 días

El beneficio se pagará solo el día después de 3 meses desde la fecha de solicitudcon la salvedad de que si durante ese período encuentras trabajo o participas en actividades de inserción laboral, en estas cosas, el pago comienza recién al día siguiente en que dejas de trabajar en ese primer empleo o inicias esa actividad de inserción laboral.

¿Cuándo solicitar la Renta Agraria?

Si cumples los requisitos para acceder a esta ayuda como ser de la Comunidad Autónoma de Andalucía o Extremadura y ya has ha terminado su trabajo diario y está desempleadoantes o en el mismo momento de la aplicación de la Renta Agraria debes registrarte como Demandante de empleo.

Además, tenga esto en cuenta. Si es la primera vez que solicita esta renta, puede hacerlo al mismo tiempo que está desempleado. Si por el contrario ya lo has recibido antes, deberás esperar 12 meses desde el inicio de la renta anterior para volver a solicitarlo.

¿Cómo solicitar la Renta Agraria?

En cuanto a cómo procesarlo; esta prestación es gestionada por el SEPE; entonces debes usar estos canales habilitados:

  • A través de la Oficina Virtual del SEPE; recuerda que puedes acceder mediante certificado digital o DNI electrónico o usuario y contraseña obtenidos a través del sistema Cl@ve.
  • Presencialmente en las oficinas del SEPE; usted debe hacer una cita con antelación.
  • A través de la red de oficinas de registro público.
  • Otra opción es por correo administrativo.

El SEPE, una vez presentada la solicitud, deberá resolverla en el plazo de 15 días y notificar el resultado de la misma dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se haya resuelto.

¿Qué documentación se requiere para la tramitación de la Renta Agraria?

Hay cierta documentación que deberías tener preparada nada más solicitar esta subvención:

  • Modelo Oficial de Solicitud de Renta Agraria.
  • Documentos de identidad del solicitante y de los hijos a su cargo y que consten en la solicitud (sólo bastará la presentación del documento de identidad).
    • En el caso de ser español; bastará con el Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
    • En el caso de ser una Comunidad (UE); documento identificativo del país de origen o el certificado de ciudadano de la Unión Europea en el que figura el NIE junto con el pasaporte
    • En el caso de no UE (fuera de la UE); tarjeta de identidad de extranjero (TIE) y pasaporte.
  • Documento bancario que acredite la cuenta bancaria y titularidad del solicitante de esta presentación.
  • Libro de familia o equivalente en el caso de extranjeros.
  • En el caso de tener menores en acogimiento familiar; resolución judicial o formalización escrita de recepción donde conste este hecho y su fecha.
  • Sentencia y/o acuerdo reglado en los casos de separación o divorcio.
  • Otros documentos:
    • Comprobante de los ingresos obtenidos durante los 12 meses anteriores a la solicitud por el propio solicitante y los miembros de la unidad familiar relacionados en la solicitud; los ingresos derivados de actividades distintas de las tareas agrícolas ocasionales.
    • Certificado de la empresa o empresas con las que ha trabajado; con firma y sello.
    • Certificado de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno en el que consten las jornadas agrícolas y de trabajo temporal fuera de nuestro país.
    • Certificado de los periodos en los que ha estado incluido o incluida en el Padrón Municipal; expedido por el municipio de Andalucía o Extremadura que corresponda en cada caso.

⚙️ Contenido del artículo

  • 1 ¿Qué es la Renta Agraria?
  • 2 Requisitos para cobrar la Renta Agraria
  • 3 ¿Qué y cuándo me cobrarán por este beneficio?
  • 4 ¿Cuándo solicitar la Renta Agraria?
  • 5 ¿Cómo solicitar la Renta Agraria?
  • 6 ¿Qué documentación se requiere para la tramitación de la Renta Agraria?



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