¿Quieres saber si puedes solicitar alguna de las prestaciones o subsidios por desempleo? ¿Conoces los beneficios que puedes solicitar después de la huelga? Te contamos todo y te ayudamos a comprender los trámites y requisitos necesarios para obtener ayuda.
¿Qué es la prestación por desempleo?
Es un ayuda que el Estado ofrece a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), antes conocido como INEM (Sistema Nacional de Empleo de España), y que es pensada para todas aquellas personas que han agotado su paro o no han alcanzado las cotizaciones necesarias para poder tramitar esta prestación.
para poder tener derecho a un subsidio si deberían cumplir con ciertos requisitos y para uno de los tipos de subsidios existen requisitos específicos que detallaremos más adelante ya que depende de la situación de cada uno.
Se entiende que puede solicitar el subsidio una persona que se encuentre en situación de desempleo involuntario y no tenga ingresos superiores a 723,75€ mensuales, que es el 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en 2022.
Requisitos para poder solicitar y cobrar la subvención
Todos aquellos personas que cumplan con los siguientes requisitos Los beneficiarios de la subvención podrán:
- Estar desempleadodarse de alta en el paro mediante el alta en el SEPE, y que está dado de alta como demandante de empleo y que durante el plazo de un mes no ha rechazado ninguna oferta de trabajo, falta de ingresos y se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo, desempleo y tener responsabilidades familiares.
- Haber cobrado la prestación por desempleo, no tener cargas ni responsabilidades familiares y ser mayor de 45 años.
- Ser emigrante español cuando regrese de países que no pertenezcan al Espacio Económico Europeo o que no tengan convenio de prestación por desempleo y que acrediten haber trabajado al menos un año en los últimos 6 años y carezcan del derecho al desempleo.
- Haber salido de prisión después de un mínimo de 6 meses y no tener derecho a la prestación por desempleo.
- Haber sido declarado en cierto grado de incapacidad parcial por incapacidad para el desarrollo de una profesión.
- Estando en la misma situación que antes pero sin haberte dado de alta como demandante de empleo, te encuentras en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber cotizado durante al menos 3 meses y tener responsabilidades familiares.
- Haber cotizado durante al menos 6 meses sin tener responsabilidades familiares.
- Mayores de 55 años sin responsabilidades familiares y que se encuentren en alguna de las situaciones anteriores y además:
- Haber cotizado un mínimo de 6 años en su vida laboral.
- Acreditar que cumplen todos los requisitos para poder solicitar, salvo la edad, una pensión contributiva.
- Todos aquellos trabajadores con contratos de duración determinada tendrán derecho a la prestación por desempleo en aquellos periodos de inactividad en los que se encuentre suspendido su contrato.
¿Qué son las responsabilidades familiares?
Para algún tipo de subsidio se requiere tener un responsable y eso se llama “responsabilidades familiares”. Pero también es necesario que los ingresos de toda la unidad familiar, incluida la persona que solicita la ayuda, divididos por el número total de miembros de la unidad familiar no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Se entiende que todo solicitante de subvención tiene responsabilidades familiares cuando esté a cargo de:
- Cónyuge.
- En el caso de los hijos, adoptados o no, deben ser menores de 26 años, incapacitados o acogidos.
¿Cuál es la falta de ingresos?
La falta de unos ingresos mínimos para asegurar las necesidades básicas de la unidad familiar es uno de los requisitos para solicitar las ayudas del SEPE.
para falta de ingresos se entiende cuando el solicitante de la ayuda no tiene ingresos de ningún tipo superiores, a nivel mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que para 2022 es de 965€ mensuales por lo que el total de ingresos no debe superar los 723,75€ mensuales. mes.
Se entiende por renta computable:
- Todas aquellas rentas, derechos o bienes que el actor tenga derivados del trabajo, bienes inmuebles o capitales muebles, toda clase de prestaciones excepto todas aquellas que la Seguridad Social le haya asignado por razones familiares como tener hijos a cargo.
- Todas las ganancias derivadas del patrimonio excepto la vivienda habitual del actor.
¿Cuáles son los plazos para solicitar la prestación o subsidio por desempleo?
El plazo está fijado para solicitar beneficios de desempleo es desde 15 días hábiles después de la finalización del contrato de trabajo. Estos 15 días empiezan a contarse justo al día siguiente del cese de labores.
¿Cómo solicitar la prestación por desempleo?
Antes de iniciar el Proceso de solicitud de ayudas del SEPEel solicitante debe cumplir alguna de las situaciones anteriores para tener derecho a las prestaciones por desempleo.
Si ya cumples alguno de los requisitos, deberás presentar determinada documentación en los plazos comentados en el punto anterior (15 días hábiles después del cese de la actividad profesional) en tu oficina del SEPE y para ello recuerda que debes solicitar tu cita previa. Así es cómo:
¿Cuánto se paga por prestaciones de desempleo?
La ayuda económica por prestaciones por desempleo es del 80% del IPREM mensual de este año (ver aquí la cuantía mensual del IPREM para este cómputo del 80%). Este beneficio económico está regulado, garantizado y establecido por la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Todos aquellos que hayan perdido un trabajo a tiempo parcial recibirán una cantidad correspondiente en proporción a las horas trabajadas.
A partir de marzo de 2019, el subsidio para mayores de 52 años era anteriormente para los mayores de 55 años, además de recibir dicha ayuda económica, también percibirán la correspondiente cotización a la Seguridad Social hasta la jubilación.
Todos los pagos realizados con carácter mensual a la cuenta bancaria facilitada por quienes hayan solicitado y aprobado el procedimiento de ayuda.
¿Cuál es la duración de la prestación por desempleo?
Por lo general, el subsidio tiene una duración de 6 meses prorrogables cada seis meses hasta un máximo de 18 meses y esta duración dependerá de la ayuda otorgada y de la situación de cada uno en el momento de solicitarla.
¿Cómo renovar las prestaciones por desempleo?
Algunas de las subvenciones se pueden renovar cada seis meses, aquí en este enlace te lo explicamos.
¿Cómo puedo saber si la solicitud de subvención está aprobada?
La solicitud de prestaciones, si se ha presentado dentro del plazo ya mencionado anteriormente, el SEPE tiene la obligación de dictar sentencia e informar a la persona que la has presentado mediante carta certificada que has facilitado en el mismo proceso de solicitud donde se indicará si ha sido aprobada o denegada.
Para dar seguimiento, el demandante podrá ser informado en cualquier momento del estado del procedimiento de la siguiente manera:
- Si el solicitante dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña @llavepuede ver el estado de la solicitud desde la Sede electrónica del SEPE.
- A través del servicio telefónico a la población que tiene cada provincia.
- El seguimiento se puede realizar en la sede física donde se presentó la solicitud previa solicitud, que se puede realizar por teléfono o desde la web del SEPE.
Normalmente suele llegar la carta certificada pero si ha pasado A los tres meses de no llegar la solicitud, se prorrogará que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo. Si este es el caso, se puede presentar un reclamo antes de que se pueda tomar cualquier acción legal.
Tipos de subvenciones
Aquí están los diferentes tipos de prestaciones por desempleo que se pueden solicitar en el SEPE:
Subsidio de cotización insuficiente
Esta subvención va dirigida a todas aquellas personas que necesitan esta ayuda económica y que no tienen derecho al paro por no haber cotizado un mínimo de 360 días al año.
Gente que:
- Tener responsabilidades familiares.
- Haber cotizado un mínimo de 3 meses.
- Si no tienes responsabilidades familiares, debes haber cotizado un mínimo de 6 meses.
Ayuda familiar para desempleados
Esta ayuda está pensada para todos aquellos personas que han agotado la prestación contributiva, desempleo, y que están a cargo de responsabilidades familiares.
Los requisitos para solicitar esta ayuda son:
- Habiendo agotado el paro.
- Estar desempleado.
- Estar dado de alta en el SEPE como demandante de empleo.
- Tener cónyuge o hijos a cargo. En el caso de hijos, deben ser menores de 26 años, y en el caso de cónyuge, deben depender económicamente de la persona que solicita la asistencia.
Subsidio para mayores de 45 años
Esta ayuda económica está destinada a desempleados mayores de 45 años y hasta 52 años que hayan agotado su desempleo.
Para solicitar esta ayuda se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Haber agotado la prestación contributiva (desempleo).
- Ser mayor de 45 años y hasta 52 años.
- Estar dado de alta en el SEPE y ser demandante de empleo.
- No tener responsabilidades familiares.
Esta subvención tiene una duración máxima de 6 meses.
Subsidio para mayores de 52 años
Él subsidio para mayores de 52 añosantes de los 55 años, tiene por objeto ayudar económicamente hasta la jubilación a quienes hayan perdido su empleo y cumplan los siguientes requisitos:
- Haber cotizado durante al menos 15 años para la jubilación (vida laboral) y al menos dos de ellos en los últimos 15 y 6 con la cotización por desempleo.
- Cumplir con los requisitos para poder percibir la pensión de jubilación.
- Estar dado de alta en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y ser demandante de empleo.
La ayuda económica de este subsidio es de 463,21 euros al mes y se caracteriza por el resto de ayudas en que contribuye a la jubilación.
Subsidio para emigrantes retornados
Esta Esta prestación está destinada a las personas que regresan a España después de trabajar en un país que no dispone de convenio bilateral por desempleo. con España o por no pertenecer al Espacio Económico Europeo.
Ayuda para mejorar una discapacidad
Esta ayuda financiera está destinada a ayudar a aquellos personas que no disponen de ningún tipo de ingresos y que, por la mejora de una enfermedad o invalidez, acaban retirando su pensión de invalidez.
Subsidio para los que salen de prisión
Este tipo de Las ayudas económicas del SEPE van dirigidas a todas aquellas personas que han salido de la presión tras un periodo superior a 6 meses y no cumplan con los requisitos para acceder a algún beneficio o asistencia.
Los requisitos para solicitar esta ayuda son:
- Estar dado de alta en el SEPE como demandante de empleo en un plazo máximo de 30 días desde la baja
- Estar inscrito en el mencionado proceso, buscador de empleo, durante un mes también conocido como “el mes de espera”.
Renta Agraria
La ayuda económica de la Subsidio Renta Agraria está destinado a trabajadores temporales del sector agrario en las Comunidades de Andalucía y Extremadura.
Tenga en cuenta que el subsidio agrícola se puede volver a aplicar, como una forma de renovación, si ya se ha solicitado dentro de los 3 años anteriores a la última solicitud.
Mejora de una discapacidad
Se trata de una ayuda para las personas en edad de trabajar que, tras una revisión, hayan sido declaradas invalidez con grado permanente parcial; entonces alguna mejora.
Esto es de lo que se trata esta subvención:
⚙️ Contenido del artículo
- 1 ¿Qué es la prestación por desempleo?
- 2 Requisitos para poder solicitar y cobrar la subvención
- 2.1 ¿Qué son las responsabilidades familiares?
- 2.2 ¿Cuál es la falta de ingresos?
- 3 ¿Cuáles son los plazos para solicitar la prestación o subsidio por desempleo?
- 4 ¿Cómo solicitar la prestación por desempleo?
- 5 ¿Cuánto se paga por prestaciones de desempleo?
- 6 ¿Cuál es la duración de la prestación por desempleo?
- 7 ¿Cómo renovar las prestaciones por desempleo?
- 8 ¿Cómo puedo saber si la solicitud de subvención está aprobada?
- 9 Tipos de subvenciones
- 9.1 Subsidio de cotización insuficiente
- 9.2 Ayuda familiar para desempleados
- 9.3 Subsidio para mayores de 45 años
- 9.4 Subsidio para mayores de 52 años
- 9.5 Subsidio para emigrantes retornados
- 9.6 Ayuda para mejorar una discapacidad
- 9.7 Subsidio para los que salen de prisión
- 9.8 Renta Agraria
- 9.9 Mejora de una discapacidad